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¿Y si los convenios entre organismos públicos no fueran necesarios?

Por Carlos Reusser Monsálvez.

Como probablemente sabes si trabajas o has trabajado en un organismo de la Administración del Estado, el principio de coordinación o deber de colaboración entre organismos públicos es un pilar fundamental del Derecho Administrativo, que se refiere a la obligación que tienen las entidades públicas de colaborar y coordinarse entre sí para alcanzar de manera eficiente los fines del Estado.

El problema radica en que este principio o deber no se basta a sí mismo, sino que los organismos de control (la Contraloría, básicamente) han resuelto reiteradamente que ello debe traducirse en una especie de contrato usualmente conocido como convenio, el cual debe contener en detalle los términos y alcances exactos de la colaboración, lo que es extremadamente demoroso de gestionar.

Pero se me ha ocurrido una solución.

Y esa solución contempla que los convenios de colaboración, tanto entre instituciones públicas como entre entidades públicas y privadas, ya no requieran de la negociación de cada cláusula o disposición.

En vez de eso, la institución puede modelar lo que está dispuesta a ofrecer a los interesados, traducir eso en un convenio-tipo y ponerlo a disposición de ellos a través de Internet, quienes serían libres de suscribirlo si los términos les satisfacen.

Para poner en contexto lo importante que sería este cambio, tenemos que saber que en Chile los convenios de colaboración entre instituciones públicas (o con entes privados) son una verdadera gincana. Cada vez que dos entidades quieren colaborar en un proyecto, el proceso consiste en sentarse con un montón de papeles, discutir cada cláusula, ponerle un punto y coma aquí, mover una coma allá y enviarse centenares de correos hasta que finalmente todas las partes quedan (más o menos) satisfechas.

Pero el proceso no es nada eficiente. La negociación promedio para estos convenios toma alrededor de 1,4 años. Sí, leíste bien: más de un año de negociaciones para llegar a un acuerdo que, en teoría, debería estar diseñado para acelerar la colaboración. Durante este tiempo, los proyectos quedan congelados y las soluciones que se intentan implementar quedan a merced de la burocracia. Un horror.

Imagina, por ejemplo, que las municipalidades del país puedan adherir a un convenio de colaboración por el cual interconectan sus cámaras de televigilancia con las policías, las cuales a través de un sistema de análisis de imágenes con Inteligencia Artificial les proporcionan informes en línea sobre lo que está pasando en la comuna.

¿Cuánto demoraría negociar y gestionar individualmente estos convenios de colaboración con todas y cada una de las municipalidades del país? ¡Eones!

¿Cuánto demoraría gestionar el procedimiento completo con el sistema que les propongo? Un mes o dos, como máximo.

Bastaría que el alcalde interesado se instale frente a un computador, haga clic en un botón y suscriba el convenio con Firma Electrónica Avanzada (para que tenga el carácter de instrumento público).

Luego, sólo faltaría que el organismo receptor dicte el acto administrativo que da cuenta de la adhesión, pero en paralelo ya pueden ir trabajando colaborativamente en la efectiva implementación del convenio.

Soy un convencido que el paso de los convenios negociados cláusula por cláusula a los convenios de adhesión en línea con firma electrónica avanzada no es sólo un pequeño ajuste administrativo: sería una verdadera revolución en la manera en que las instituciones públicas y privadas colaboran en Chile.

Sin embargo, la verdad sea dicha, me he encontrado con el escollo de que los organismos públicos no siempre tienen al personal calificado necesario para abordar estos proyectos o, incluso teniéndolos, están ocupados en otros múltiples asuntos. Lo urgente se come a lo importante.

Y los talentos de un abogado dan para mucho, pero no son suficientes como para programar una plataforma informática de suscripción de convenios.

Pero algún día espero conseguir el objetivo (o alguno de mis lectores). Y será glorioso.

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Sobre el Instituto

El Instituto Chileno de Derecho y Tecnologías es una corporación de derecho privado, sin fines de lucro, establecido el 16 de diciembre de 2009, en Santiago de Chile.

Se le concedió personalidad jurídica por decreto exento N° 2918, de 17 de junio de 2011, del Ministerio de Justicia, el que fue publicado en el Diario Oficial del 7 de julio de ese mismo año.

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