El día 23 de abril, pero del año 1616, coincidentemente fallecían tres grandes hombres de la literatura universal, Miguel de Cervantes, William Shakespeare y Garcilaso de la Vega. Para perpetuarlos en la historia, y con el objetivo de fomentar la cultura e incentivar la creatividad por medio de la protección de los derechos de los autores, desde el año 1996, y por iniciativa de la UNESCO, el día 23 de Abril fue declarado “Día Internacional del Libro y del Derecho de Autor”.
Cuatro años después, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) declaraba al día 26 de abril como Día Mundial de la Propiedad Intelectual, en conmemoración a la fecha en que entró en vigor el Convenio de Estocolmo (1970) mediante el cual quedó establecida la OMPI, como organismo especializado de las Naciones Unidas, encargado de hacer eficaz la protección de la Propiedad Industrial y del Derecho de Autor.
Cada año la OMPI publica un mensaje del Director General, y dedica una Jornada a un tema especial, este año “Diseñar el futuro”, en aras de destacar la función que desempeña el diseño en el mercado, en la sociedad y en la manera de forjar las innovaciones del futuro.
Cuatro son los objetivos perseguidos con la celebración de este día: dar a conocer la incidencia de las patentes, el derecho de autor, las marcas y los diseños en nuestra vida cotidiana; ayudar a entender por qué la protección de los derechos de propiedad intelectual permiten impulsar la creatividad y la innovación; celebrar el espíritu creativo y la contribución de los creadores y los innovadores al desarrollo de todas las sociedades; e instar al respeto de los derechos de propiedad intelectual ajenos.
Es abril entonces, el pretexto idóneo para que reflexionemos acerca de la importancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, como herramienta de estímulo a la creación y a la innovación tecnológica.
Llevada y traída por sus defensores y detractores, la Propiedad Intelectual llegó al siglo XXI con importantes cuestionamientos acerca de su validez causado, a mi juicio, por posiciones legislativas extremas, que tras consagrar un proteccionismo desmedido, provocaron una reacción en los grupos sociales que cuestionaron estos derechos y se pronunciaron en favor de la abolición de toda regulación que implique un freno a la libertad de uso de la creación.
Sin entrar a analizar los aciertos y desaciertos de ambas posiciones, es innegable que la irrupción de las leyes del mercado en los derechos de propiedad intelectual, y el acelerado desarrollo de las tecnologías de la Informática y las Comunicaciones, han desorientado a muchas legislaciones nacionales y tratados multilaterales en la materia, que se han alejado de quienes constituyen el centro de los derechos: los creadores, provocando que el preconizado equilibrio de intereses entre éstos, la industria y la sociedad sufra un desbalance no remediado.
Sirva entonces la oportunidad para que el Instituto Chileno de Derecho y Tecnologías rinda debido tributo a quienes “creando ya están sirviendo”, y abogue también porque el ejercicio de sus derechos signifique la prosperidad intelectual de todos.
JANETT LARA CEIJAS
Consejera ICDT