Dentro de los mundos de la interacción entre el Derecho y las tecnologías, la primera disciplina en surgir fue la Informática Jurídica, que conoció sus periodos de gloria a fines de la década de los 80´ con la construcción de sistemas de bases de datos de legislación y jurisprudencia, negocio al que entraron muchas Universidades que contaban con abundante mano de obra calificada y gratuita: los estudiantes de pregrado que muchas veces fueron explotados en aras de la causa a cambio de ventajas aparentes o el cumplimiento de requisitos de titulación.
También en esa época se desarrollaron numerosos proyectos de thesaurus jurídicos, esto es, un sistema de relaciones jerarquizadas de ideas y conceptos de Derecho levantados con miras a una estandarización terminológica, aunque finalmente pocos conocieron el éxito.
Finalmente, a fines de la década de los 90´se desarrolla lo que sería el más alto de sus aportes y también el más estruendoso de sus fracasos: la construcción de Sistemas Expertos de decisión jurídica, esto es, máquinas que emulaban el razonamiento de operadores especializados en Derecho (por ejemplo, los jueces) en temas concretos decidiendo por si mismos o apoyando el proceso de decisión.
La Informática Jurídica naufragó, superada por las oleadas tecnológicas e informacionales, alrededor del año 2.000 tras fecundos 20 años de existencia.
Tristemente es recién en esa época que algunas Universidades llevan el ilustre cadáver a las aulas y lo incorporan a las mallas curriculares, enseñándoles a los estudiantes, como si fueran actuales y novedosas, cuestiones acerca de la informática jurídica decisional, documental, de gestión y otras reminiscencias que pertenecen a la historia del Derecho (o de la informática), y que a estas alturas tiene tanta significación y relevancia como la anticresis o la dación en arras.
No crea usted que la difunta fue sólo una productora de bases de datos: acompaño e iluminó como buena maestra los primeros pasos del Derecho Informático, lo que se evidencia al constatar que muchos de los cultores de la Informática Jurídica luego se cambiaron de barco, aunque hay todavía los que predican desde el fondo del mar haciendo oídos sordos al naufragio y la evidente fosilización del discurso.
Pero las leyes físicas se cumplen naturalmente más que las jurídicas, y la ley Lomonósov-Lavoisier de conservación de la materia hace lo suyo: los despojos de la venerable vieja muerta dieron luces para el aprovechamiento de un área más transversal, apasionante e integradora: la Gestión del Conocimiento (Knowledge Management), aplicable desde luego al ámbito jurídico, que ya está más que consolidada.
Así que ya saben: cuando por circunstancias de la vida deban escuchar clases o conferencias sobre Informática Jurídica, sean muy respetuosos de lo que diga el conferencista, pues en realidad están asistiendo o a una misa conmemoratoria o a la exhibición de una reliquia.
CARLOS REUSSER MONSÁLVEZ
Consejero ICDT